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Fuente: Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal — Relatoría. Providencia judicial pública (dato público, Ley 1581/2012 art. 3); sin licencia abierta explícita. Texto guardado localmente; no se redistribuye. Abrir la fuente
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JORGE HERNÁN DÍAZ SOTO Magistrado ponente AP3149-2024 Radicación n.° 61536 (Acta n.° 142) Bogotá, D.C., doce (12) de junio de dos mil veinticuatro (2024) MOTIVO DE LA DECISIÓN Con el fin de resolver sobre su admisión, la Corte examina los aspectos formales y sustanciales de la demanda de casación presentada por el defensor de confianza de Alveiro de Jesús Cañas Sierra contra la sentencia proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia, el 22 de febrero de 2022, en virtud de la cual se confirmó la dictada el 15 de diciembre de 2021 por el Juzgado Segundo Penal Municipal con funciones de conocimiento de esa ciudad, que condenó al acusado como autor del delito de lesiones personales dolosas. HECHOS Los falladores dieron por probado que el 23 de marzo de 2016, aproximadamente a las 10:15 a.m., cuando José Liprando Quintero Castro se encontraba en la vía pública, concretamente en la carrera 19 con calle 37 de Armenia, fue abordado por Alveiro de Jesús Cañas Sierra, quien le dio un machetazo en la cara, lo que le generó una incapacidad de 15 días con secuelas de deformidad de carácter permanente en el rostro. ACTUACIÓN PROCESAL RELEVANTE 1. La Fiscalía General de la Nación, el 18 de abril de 2017, ante el Juzgado Quinto Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de la capital del Quindío, imputó a Alveiro de Jesús Cañas Sierra la conducta punible de lesiones personales, según su descripción en los artículos 111 y 113 -incisos segundo y…
Fuente: Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal — Relatoría. Providencia judicial pública (dato público, Ley 1581/2012 art. 3); sin licencia abierta explícita. Texto guardado localmente; no se redistribuye. Abrir la fuente
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JORGE HERNÁN DÍAZ SOTO Magistrado ponente AP3149-2024 Radicación n.° 61536 (Acta n.° 142) Bogotá, D.C., doce (12) de junio de dos mil veinticuatro (2024) MOTIVO DE LA DECISIÓN Con el fin de resolver sobre su admisión, la Corte examina los aspectos formales y sustanciales de la demanda de casación presentada por el defensor de confianza de Alveiro de Jesús Cañas Sierra contra la sentencia proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia, el 22 de febrero de 2022, en virtud de la cual se confirmó la dictada el 15 de diciembre de 2021 por el Juzgado Segundo Penal Municipal con funciones de conocimiento de esa ciudad, que condenó al acusado como autor del delito de lesiones personales dolosas. HECHOS Los falladores dieron por probado que el 23 de marzo de 2016, aproximadamente a las 10:15 a.m., cuando José Liprando Quintero Castro se encontraba en la vía pública, concretamente en la carrera 19 con calle 37 de Armenia, fue abordado por Alveiro de Jesús Cañas Sierra, quien le dio un machetazo en la cara, lo que le generó una incapacidad de 15 días con secuelas de deformidad de carácter permanente en el rostro. ACTUACIÓN PROCESAL RELEVANTE 1. La Fiscalía General de la Nación, el 18 de abril de 2017, ante el Juzgado Quinto Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de la capital del Quindío, imputó a Alveiro de Jesús Cañas Sierra la conducta punible de lesiones personales, según su descripción en los artículos 111 y 113 -incisos segundo y…