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Fuente: Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal — Relatoría. Providencia judicial pública (dato público, Ley 1581/2012 art. 3); sin licencia abierta explícita. Texto guardado localmente; no se redistribuye. Abrir la fuente
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EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER Magistrado ponente SP4272-2020 Radicación Nº 50022 Aprobado en Acta Nº 238 Bogotá, D. C., cuatro (4) de noviembre de dos mil veinte (2020). Decide la Sala el recurso extraordinario de casación interpuesto por el defensor de la procesada MARÍA HELENA DÍAZ LEAL contra la sentencia de 12 de diciembre de 2016, por medio de la cual la Sala Penal del Tribunal Superior de Bucaramanga, revocó la proferida el 21 de septiembre de 2015, por el Juzgado Sexto Penal Municipal de Conocimiento, que absolvió a la precitada ciudadana de los cargos imputados, para en su lugar, declararla autora penalmente responsable del delito de lesiones personales dolosas agravadas. Casación No.52022 María Helena Díaz Leal 2 ANTECEDENTES 1. Fácticos. El 25 de enero de 2014, aproximadamente a las 23:55 horas, cuando Ludy Guerrero Peñaranda, transitaba por la carrera 15 y calle 34 de la ciudad de Bucaramanga, fue abordada sorpresivamente por MARÍA HELENA DÍAZ LEAL, quien le lanza una sustancia química en su cuerpo, la cual le produjo quemaduras de tercer grado en el 19% de la superficie corporal, comprometiéndole el rostro –hemicara izquierda, región frontal, parpados, nariz, mejilla, pabellón auricular izquierdo-, región cervical antero lateral izquierda, el hemitórax izquierdo con compromiso de mama y quemaduras diversas en el muslo izquierdo, lo que le generó una incapacidad médico legal de 40 días definitivas y secuelas médico legales de deformidad física que afectó el cuerpo y…
Fuente: Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal — Relatoría. Providencia judicial pública (dato público, Ley 1581/2012 art. 3); sin licencia abierta explícita. Texto guardado localmente; no se redistribuye. Abrir la fuente
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EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER Magistrado ponente SP4272-2020 Radicación Nº 50022 Aprobado en Acta Nº 238 Bogotá, D. C., cuatro (4) de noviembre de dos mil veinte (2020). Decide la Sala el recurso extraordinario de casación interpuesto por el defensor de la procesada MARÍA HELENA DÍAZ LEAL contra la sentencia de 12 de diciembre de 2016, por medio de la cual la Sala Penal del Tribunal Superior de Bucaramanga, revocó la proferida el 21 de septiembre de 2015, por el Juzgado Sexto Penal Municipal de Conocimiento, que absolvió a la precitada ciudadana de los cargos imputados, para en su lugar, declararla autora penalmente responsable del delito de lesiones personales dolosas agravadas. Casación No.52022 María Helena Díaz Leal 2 ANTECEDENTES 1. Fácticos. El 25 de enero de 2014, aproximadamente a las 23:55 horas, cuando Ludy Guerrero Peñaranda, transitaba por la carrera 15 y calle 34 de la ciudad de Bucaramanga, fue abordada sorpresivamente por MARÍA HELENA DÍAZ LEAL, quien le lanza una sustancia química en su cuerpo, la cual le produjo quemaduras de tercer grado en el 19% de la superficie corporal, comprometiéndole el rostro –hemicara izquierda, región frontal, parpados, nariz, mejilla, pabellón auricular izquierdo-, región cervical antero lateral izquierda, el hemitórax izquierdo con compromiso de mama y quemaduras diversas en el muslo izquierdo, lo que le generó una incapacidad médico legal de 40 días definitivas y secuelas médico legales de deformidad física que afectó el cuerpo y…