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Fuente: Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal — Relatoría. Providencia judicial pública (dato público, Ley 1581/2012 art. 3); sin licencia abierta explícita. Texto guardado localmente; no se redistribuye. Abrir la fuente
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HUGO QUINTERO BERNATE Magistrado Ponente SP1870-2024 Radicación Nr.º57193 (Acta 168) Bogotá D.C., diecisiete (17) de julio de dos mil veinticuatro (2024). ASUNTO La Corte resuelve de fondo el recurso extraordinario de casación interpuesto por la defensa de LUISA EMILIA BARRIOS, contra la sentencia proferida el 06 de noviembre de 2019 por una Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Bogotá, a través de la cual, confirmó en lo que fue motivo de apelación y aclaró, en lo que tiene que ver con el quantum de la pena de prisión impuesta, el fallo emitido por el Juzgado 24 Penal Municipal de la misma ciudad. Último, que condenó a la ya mencionada, como autora penalmente responsable del delito de Lesiones personales dolosas. HECHOS Fueron sintetizados en el fallo de segunda instancia así: «El 07 de noviembre de 2011, en horas de la noche, mientras Flor Marina y su esposo, en calidad de invitados, veían televisión en compañía de Gustavo Malagón en casa de éste, arribó al inmueble Luisa Emilia Barrios (esposa del anfitrión) quien ingresó al cuarto donde se encontraban los mencionados y le asestó un golpe en el rostro a la primera de las nombradas con una especie de vara que la mandó contra el televisor. Dicha agresión produjo a la víctima una incapacidad médico legal de 12 días y una deformidad física permanente en su rostro». ACTUACIÓN PROCESAL RELEVANTE 1. Por los anteriores hechos, el 18 de noviembre de 2016, ante el Juzgado Penal 49 Penal Municipal con Función de Control de…
Fuente: Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal — Relatoría. Providencia judicial pública (dato público, Ley 1581/2012 art. 3); sin licencia abierta explícita. Texto guardado localmente; no se redistribuye. Abrir la fuente
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HUGO QUINTERO BERNATE Magistrado Ponente SP1870-2024 Radicación Nr.º57193 (Acta 168) Bogotá D.C., diecisiete (17) de julio de dos mil veinticuatro (2024). ASUNTO La Corte resuelve de fondo el recurso extraordinario de casación interpuesto por la defensa de LUISA EMILIA BARRIOS, contra la sentencia proferida el 06 de noviembre de 2019 por una Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Bogotá, a través de la cual, confirmó en lo que fue motivo de apelación y aclaró, en lo que tiene que ver con el quantum de la pena de prisión impuesta, el fallo emitido por el Juzgado 24 Penal Municipal de la misma ciudad. Último, que condenó a la ya mencionada, como autora penalmente responsable del delito de Lesiones personales dolosas. HECHOS Fueron sintetizados en el fallo de segunda instancia así: «El 07 de noviembre de 2011, en horas de la noche, mientras Flor Marina y su esposo, en calidad de invitados, veían televisión en compañía de Gustavo Malagón en casa de éste, arribó al inmueble Luisa Emilia Barrios (esposa del anfitrión) quien ingresó al cuarto donde se encontraban los mencionados y le asestó un golpe en el rostro a la primera de las nombradas con una especie de vara que la mandó contra el televisor. Dicha agresión produjo a la víctima una incapacidad médico legal de 12 días y una deformidad física permanente en su rostro». ACTUACIÓN PROCESAL RELEVANTE 1. Por los anteriores hechos, el 18 de noviembre de 2016, ante el Juzgado Penal 49 Penal Municipal con Función de Control de…