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Fuente: Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal — Relatoría. Providencia judicial pública (dato público, Ley 1581/2012 art. 3); sin licencia abierta explícita. Texto guardado localmente; no se redistribuye. Abrir la fuente
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MYRIAM ÁVILA ROLDÁN Magistrada ponente SP935-2024 Radicación n.º 58280 CUI: 05318610012720138014201 Aprobado acta n.º 083 Bogotá, D. C., diecisiete (17) de abril de dos mil veinticuatro (2024). OBJETO DE LA DECISIÓN Decide la Sala el recurso de impugnación especial interpuesto por el defensor de SANTIAGO BERRIO VALLEJO en contra de la sentencia del 3 de febrero de 2020, proferida por la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Antioquia, mediante la cual modificó la providencia del 13 de marzo de 2017 emitida por el Juzgado Segundo Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Rionegro y lo condenó, por primera vez, como coautor del delito de homicidio agravado. HECHOS Aproximadamente a las 7 p.m. del 6 de marzo de 2013 en la vereda Toldas del municipio de Guarne (Antioquia), Jesús Antonio Ríos Zapata de 64 años de edad le lanzó piedras al automóvil y a la humanidad de Jorge Leonardo Berrio Vallejo, motivo por el cual se inició una riña entre ambos. Posteriormente, su hermano SANTIAGO BERRIO VALLEJO se unió a la contienda y junto con Jorge Leonardo le produjeron graves heridas a Ríos Zapata, las cuales le causaron la muerte. ANTECEDENTES PROCESALES El 6 de junio de 2013, el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal con Función de Control de Garantías de Guarne (Antioquia) legalizó la captura de Jorge Leonardo y SANTIAGO BERRIO VALLEJO. Adicionalmente, declaró legalmente formulada la imputación comunicada por la Fiscalía en contra de los…
Fuente: Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal — Relatoría. Providencia judicial pública (dato público, Ley 1581/2012 art. 3); sin licencia abierta explícita. Texto guardado localmente; no se redistribuye. Abrir la fuente
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MYRIAM ÁVILA ROLDÁN Magistrada ponente SP935-2024 Radicación n.º 58280 CUI: 05318610012720138014201 Aprobado acta n.º 083 Bogotá, D. C., diecisiete (17) de abril de dos mil veinticuatro (2024). OBJETO DE LA DECISIÓN Decide la Sala el recurso de impugnación especial interpuesto por el defensor de SANTIAGO BERRIO VALLEJO en contra de la sentencia del 3 de febrero de 2020, proferida por la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Antioquia, mediante la cual modificó la providencia del 13 de marzo de 2017 emitida por el Juzgado Segundo Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Rionegro y lo condenó, por primera vez, como coautor del delito de homicidio agravado. HECHOS Aproximadamente a las 7 p.m. del 6 de marzo de 2013 en la vereda Toldas del municipio de Guarne (Antioquia), Jesús Antonio Ríos Zapata de 64 años de edad le lanzó piedras al automóvil y a la humanidad de Jorge Leonardo Berrio Vallejo, motivo por el cual se inició una riña entre ambos. Posteriormente, su hermano SANTIAGO BERRIO VALLEJO se unió a la contienda y junto con Jorge Leonardo le produjeron graves heridas a Ríos Zapata, las cuales le causaron la muerte. ANTECEDENTES PROCESALES El 6 de junio de 2013, el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal con Función de Control de Garantías de Guarne (Antioquia) legalizó la captura de Jorge Leonardo y SANTIAGO BERRIO VALLEJO. Adicionalmente, declaró legalmente formulada la imputación comunicada por la Fiscalía en contra de los…