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Fuente: Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal — Relatoría. Providencia judicial pública (dato público, Ley 1581/2012 art. 3); sin licencia abierta explícita. Texto guardado localmente; no se redistribuye. Abrir la fuente
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República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Penal EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER Magistrado ponente AP7450-2016 Radicación 48891 Aprobado acta número 338 Bogotá D.C., veintiséis (26) de octubre de dos mil dieciséis (2016). Decide la Sala acerca del cumplimiento de los requisitos para admitir la demanda de casación que presentó el abogado de WILSON CASTRO contra el fallo del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, en el cual confirmó el proferido contra dicha persona por el Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado de esa ciudad, que lo condenó a veintiún (21) arios y seis (6) meses de prisión por las conductas punibles de homicidio agravado en grado de tentativa y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, municiones o partes. I. SITUACIÓN FÁCTICA Y ACTUACIÓN PROCESAL 1. El 27 de marzo de 2014, en la carrera 14 A del barrio Quebraditas de Neiva, Néstor Sady Trujillo Salazar, miembro de la Policía Nacional, SIJIN, caminaba en horas de la nkch<J,,, .,#9,\•°#.‘"\Y- CASACIÓN 48891 WILSON CASTRO con su esposa, Marilyn Cabrera Bermeo, cuando fue abordado por dos (2) hombres que iban en motocicleta. El parrillero se bajó del vehículo y con un revólver le disparó a Trujillo Salazar en el pecho, la cabeza y el cuello. Este no murió debido a la atención médica que recibió en el hospital. Iniciada la investigación, Néstor Sady Trujillo Salazar manifestó el 16 de abril de ese ario haberle visto a su agresor "una cicatriz debajo…
Fuente: Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal — Relatoría. Providencia judicial pública (dato público, Ley 1581/2012 art. 3); sin licencia abierta explícita. Texto guardado localmente; no se redistribuye. Abrir la fuente
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República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Penal EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER Magistrado ponente AP7450-2016 Radicación 48891 Aprobado acta número 338 Bogotá D.C., veintiséis (26) de octubre de dos mil dieciséis (2016). Decide la Sala acerca del cumplimiento de los requisitos para admitir la demanda de casación que presentó el abogado de WILSON CASTRO contra el fallo del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, en el cual confirmó el proferido contra dicha persona por el Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado de esa ciudad, que lo condenó a veintiún (21) arios y seis (6) meses de prisión por las conductas punibles de homicidio agravado en grado de tentativa y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, municiones o partes. I. SITUACIÓN FÁCTICA Y ACTUACIÓN PROCESAL 1. El 27 de marzo de 2014, en la carrera 14 A del barrio Quebraditas de Neiva, Néstor Sady Trujillo Salazar, miembro de la Policía Nacional, SIJIN, caminaba en horas de la nkch<J,,, .,#9,\•°#.‘"\Y- CASACIÓN 48891 WILSON CASTRO con su esposa, Marilyn Cabrera Bermeo, cuando fue abordado por dos (2) hombres que iban en motocicleta. El parrillero se bajó del vehículo y con un revólver le disparó a Trujillo Salazar en el pecho, la cabeza y el cuello. Este no murió debido a la atención médica que recibió en el hospital. Iniciada la investigación, Néstor Sady Trujillo Salazar manifestó el 16 de abril de ese ario haberle visto a su agresor "una cicatriz debajo…